El acoso judicial a periodistas ha crecido de forma “alarmante” en los últimos cinco años en México y Colombia, según el informe ‘Leyes del silencio’ elaborado por las organizaciones Article 19 y Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP).

En México se presentaron 39 demandas contra periodistas, tan sólo en 2020, mientras que en Colombia sumaron 14. Article 19 y la FLIP presentaron ayer el informe ‘Leyes del silencio’ durante la conmemoración del Día Mundial de la Libertad de Prensa.

Es alarmante que en Colombia y México el aparato judicial sirve al interés privado en lugar de al público. El acoso judicial castiga al mensajero y daña el derecho del público a recibir información”, declaró Maria Ordzhonikidze, directora de la Fundación Justicia para Periodistas (JFJ, por sus siglas en inglés), en un vídeomensaje durante la presentación del informe.

Grosso modo ‘Leyes del silencio’ muestra casos paralelos en México y Colombia donde se expone que las leyes de ambos países facilitan el acoso judicial, además de observarse un patrón de comportamiento del Estado frente a estos casos de agresión a la prensa crítica.

Article 19 registra que en 2015 sólo 1 caso de acoso judicial en México, 13 en el 2016, 13 en el 2017, 21 en el 2018, 21 en el 2019 y 39 en el año 2020; mientras que la FLIP comenzó a registrar desde 2017, 14 casos ese año, 36 en el 2018, 66 en el 2019 y 36 en 2020

Evolución del acoso judicial contra periodistas en México, de 2017 a 2020.

El acoso judicial es una forma de agresión que consiste en interponer recursos legales en contra de periodistas o denunciantes que investigan e informan, en su mayoría, sobre corrupción e irregularidades en entidades del Estado. Algunos de esos recursos suelen ser demandas civiles, acusaciones criminales, procesos administrativos o acciones constitucionales (en el caso de Colombia). 

Este tipo de demandas suelen respaldarse en la defensa del buen nombre, del honor, y de la intimidad de funcionarios(as) públicos y de particulares con exposición pública. Los procesos judiciales que se emprenden tienen el fin de intimidar a los y las periodistas, afectarlos emocional y económicamente y desincentivar su trabajo investigativo”, denunció Article 19.

Dentro de la investigación se señala que en la sistematización de los casos se pudo constatar que los demandantes son casi siempre funcionarios de Estado, políticos y figuras religiosas o empresarios.

Un caso inédito: la justicia actúa en favor de los demandados en Guanajuato, México

En Guanajuato, México llama la atención el caso de Jorge Alberto Rodríguez Medrano, un empresario de TV, y su esposa Silvia Rocha -ahora ex regidora del Ayuntmaiento de Guanajuato Capital- que demandaron al activista social Roberto Saucedo y al periodista Arnoldo Cuéllar por dar a conocer, a través de diversas publicaciones, los contratos millonarios en publicidad por funcionarios públicos de Guanajuato Capital, posible nepotismo, enriquecimiento ilícito y quebranto de las arcas municipales. Aunque en este caso el Poder Judicial falló a favor de los demandados.

Se obtuvo un fallo favorable para los activistas ya que la Magistrada que se encargó de realizarlo usó los estándares de protección de la libertad de expresión, a saber: 1) señaló que las publicaciones hechas no son ofensivas ni incitan a la violencia. 2) se tratan de temas de interés público relevantes para la sociedad por lo que se encuentran protegidas por la libertad de expresión. 3) las expresiones vertidas por los activistas están fundadas sobre una base fáctica. 4) los demandantes son personas con proyección pública, por tanto deben tolerar un mayor grado de intromisión en su ámbito personal”, se reporta en el informe ‘Leyes del silencio’.

*NOTA: si deseas conocer el informe completo da clic aquí.