El Pleno del Congreso del Estado, en sesión virtual, aprobó nuevas reformas al Código Penal que perfeccionan los tipos penales contra el feminicidio y la violación.  

Diputadas y diputados consideraron ampliar el tipo penal de feminicidio cuando la víctima presente signos de violencia sexual, exista o haya existido con el agresor relación íntima, de convivencia, de confianza, noviazgo, parentesco, matrimonio o concubinato o relación análoga, o que su cuerpo sea expuesto o exhibido.

En tanto que otra reforma contempla que no exista distinción entre la violación y la violación entre cónyuges o concubinos.

La violencia feminicida es la gestación de todas las expresiones de violencia contra mujeres que impulsan y desatienden su integridad humana y que, como en muchos casos, concluyen en un feminicidio (…) ya no se demandaría que la víctima de feminicidio sea víctima de violación, si no que basta que haya sido objeto de cualquier tipo de actos violentos de orden sexual”, expuso en su mensaje la diputada panista Laura Cristina Márquez Alcalá tras apuntar que la violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, en la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en el cual éstas se encuentran respecto de los hombres.

La Diputada Márquez mencionó que se buscó ir más allá de una homologación, al mejorar el tipo penal de feminicidio en Guanajuato, a efecto de brindar mejores herramientas jurídicas para perseguir y castigar este delito.

El presente dictamen representa una acción más a favor de los derechos de la mujer, pero no es una solución definitiva a toda la problemática de la violencia contra la mujer, debemos recordar que la violencia es imposición, es abuso de poder, es la incapacidad de respetar al otro en tanto otro”, resumió.

La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en el sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas

Aspecto de la Sesión Ordinaria Virtual del Congreso del Estado de Guanajuato.

Sobre la reforma para reforzar el tipo penal de violación, hicieron uso de la voz la diputada María Magdalena Rosales Cruz y el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo, ambos de Morena.

La Diputada Rosales Cruz manifestó que el dictamen propuesto no hace distinción para la persecución del delito de violación cuando éste se comete dentro del matrimonio o concubinato, pues la violencia de pareja incluye un comportamiento dominante y la violencia sexual ejercida por la pareja ocurre con frecuencia y no se debe normalizar.

Por su parte, el diputado Ernesto Prieto Gallardo señaló que la violencia infringida por la pareja es más común de lo que se piensa, por lo que la presente reforma les dará la oportunidad a las mujeres para acceder a la justicia cuando se cometa el delito de violación entre cónyuges.

La iniciativa de ley tiene por objeto que no exista distinción alguna entre la violación y la violación entre cónyuges o concubinos, dado que ambas vulneran de igual manera el bien jurídico de la libertad sexual (…)

Los expertos en materia penal nos mencionaron dentro de la Comisión de Justicia la importancia de esta iniciativa, pues existe una constante presión ejercida por el violador, para que la víctima retire la querella. Por lo que, muchas veces al ofrecerle el perdón al violador, no se le procesa judicialmente con todo el peso de la ley y la víctima no obtiene justicia”, expuso el Diputado Prieto Gallardo.

El legislador de Morena destacó el trabajo realizado por los integrantes de la comisión y los funcionarios estatales que participaron en el análisis de la propuesta legal, pues brindará una justicia equitativa y parcial, además de contribuir en la erradicación de la violencia contra las mujeres.

  • Fotos: Frayba/Congreso del Estado